El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado la Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a la creación de empresas para los jóvenes agricultores y efectúa su convocatoria para 2015.

 

Dicha Orden, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía (PDR) 2014-2020, contempla un presupuesto de 20 millones de euros para la convocatoria de 2015; una cantidad que puede ampliarse en caso de que fuese necesario para atender a los jóvenes interesados que cumplan los requisitos. El nuevo PDR contempla un presupuesto de 130 millones de euros, que podrá ser reprogramable, para las ayudas a jóvenes agricultores para el marco 2014-2020.

 

La novedad más significativa que recoge la convocatoria respecto a años anteriores es la propia naturaleza del incentivo, que pasa de ser una ayuda a la inversión a una prima, conforme a lo establecido en el nuevo Marco Nacional. Además,  el proceso de instalación tiene que haber comenzado con anterioridad a la solicitud de la ayuda.

 

En este sentido, se considerará que la persona interesada ha iniciado el proceso de instalación cuando, durante los 12 meses anteriores a la solicitud, haya realizado al menos una de las siete actuaciones recogidas en el listado de requisitos. Así se pide que los jóvenes hayan formalizado formalizado los precontratos, contratos de opción de compra o contrato para el acceso a la titularidad de una explotación agraria es una de ellas, o que hayan iniciado o recibido la formación necesaria o haber presentado un Plan Empresarial conforme a lo establecido en el artículo 19.4 del Reglamento 1305/2013.

 

Otras opciones para tener derecho a la ayuda son haberse inscrito en el censo de empresarios, profesionales y retenedores, así como en la Seguridad Social, en el régimen especial de trabajadores autónomos correspondiente a la actividad agraria que vaya a desarrollar. También se consideran otras actuaciones como haberse integrado en una explotación asociativa de alguna de las formas jurídicas incluidas en el artículo 6 de la Ley 19/1995, de 4 de julio o, finalmente, haberse asociado a una Sociedad Cooperativa Agraria o Sociedad Agraria de Transformación.

 

El plazo para solicitar estas ayudas será de tres meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOJA. Los interesados en percibirlas deben tener más de 18 años y menos de 41 años de edad a fecha de solicitud.

 

Estos incentivos, cuya cuantía oscilará entre 30.000 euros de base por instalación a 70.000 euros en función de la creación o mantenimiento de empleo y la dimensión del plan empresarial, están financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), la Administración General del Estado y la Junta de Andalucía.

 

Está previsto que, una vez publicada la Orden en BOJA, se inicie un proceso de formación de las Organizaciones Profesionales Agrarias (OPAs) y Oficinas Comarcales Agrarias (OCAs) sobre dicha Orden y se celebrarán actos informativos con jóvenes de las ocho provincias andaluzas.

Entradas recomendadas