El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a través del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), ha finalizado los cálculos referidos a la primera versión de los nuevos derechos de pago básico, que se van a asignar a los beneficiarios en este primer año de aplicación de la nueva PAC 2015-2020.

 

Esta labor ha requerido una intensa coordinación y colaboración con todas las Comunidades Autónomas, que son las encargadas de remitir la información recibida a través de las solicitudes únicas presentadas por los beneficiarios, y del Ministerio que, a partir de dicha información, realiza los procesos de cálculo para aplicar de forma adecuada los principios de la reforma en España, y obtiene esta primera versión de los derechos de pago básico.

 

Con esta primera versión, las Comunidades Autónomas podrán realizar dos importantes gestiones que son de su competencia. Por una parte, aquellas Comunidades que así lo consideren apropiado, podrán realizar en base a esta versión provisional, el pago del anticipo de las ayudas  siempre y cuando hayan finalizado los controles administrativos a los beneficiarios, según señala un comunicado.

 

Este año, de manera excepcional, a petición de España y de otros Estados miembros se ha conseguido que los anticipos se puedan abonar sin haber finalizado los controles sobre el terreno y además, se ha aprobado elevar el porcentaje a pagar como anticipo hasta el 70% del pago total, cuando hasta ahora la máxima cantidad que se podía abonar quedaba fijada en el 50%.

 

El importe que se podrá abonar en el anticipo es el 70% de los pagos correspondientes al régimen de pago básico, pago verde, ayuda complementaria a los jóvenes agricultores y la ayuda acoplada solicitada para vacuno de leche. También se podrá pagar el anticipo a los agricultores que vayan a estar acogidos al régimen de los pequeños agricultores.

 

Por otra parte, con la información suministrada en esta primera versión de los derechos de pago básico, las comunidades autónomas están ya en condiciones de comunicar a aquellos beneficiarios que han entrado de oficio en el régimen de pequeños agricultores, su pertenencia a dicho régimen y la fecha máxima para su renuncia en esta campaña.

 

La comunicación de los derechos provisionales al resto de agricultores se realizará en el mes de diciembre, una vez se obtenga la segunda versión de derechos de pago básico, en la que se habrán incluido ya todas las transferencias de explotaciones que no se han incluido en esta primera versión al no estar todavía finalizada su tramitación, así como la primera asignación de la Reserva Nacional.

RÉGIMEN DE PEQUEÑOS AGRICULTORES

El régimen de pequeños agricultores es una de las novedades que presenta este nuevo periodo de la PAC, y presenta grandes ventajas para aquellos perceptores de ayudas que, en esta campaña 2015, vayan a recibir un importe de pago que no supere los 1.250 euros.

La participación en el régimen de Pequeños Agricultores supone una importante simplificación y facilita los trámites para cobrar las ayudas directas a sus beneficiarios, por los motivos siguientes:

– Quedarán exentos de aplicar las prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente, percibiendo el pago correspondiente a este régimen.

– No podrán ser sancionados en base a la aplicación de la condicionalidad.

– No deberán cumplir con los requisitos para su determinación como agricultores activos, excepto en lo referente a estar inscritos en los registros (los que las autoridades competentes tengan dispuestos en base al artículo 6 del Reglamento 852/2004), en el momento de su solicitud.

– No se les aplicarán las sanciones previstas por declaración incompleta de las superficies de todas las parcelas de la explotación en la solicitud única.

– En sucesivas campañas a partir de 2015, su solicitud única consistirá únicamente en una confirmación anual para poder recibir dicho pago.

 

En el caso de los participantes en este régimen simplificado, se ha calculado un importe total de pagos que será el total a percibir para la campaña, y sustituirá a los que deban concederse de conformidad con el régimen de Pago Básico o mediante otras ayudas desacopladas y acopladas.

 

Este importe será el mismo siempre que el beneficiario permanezca adscrito al régimen de Pequeños Agricultores. El único requisito que se ha de cumplir, aparte de no sobrepasar los 1.250 euros de pagos directos percibidos, es que durante la participación en el régimen de Pequeños Agricultores se deberán mantener el número de hectáreas admisibles correspondiente al número de derechos activados en el año 2015, y éstos se considerarán derechos activados para todo el periodo de participación en dicho régimen.

 

CONSULTA ESTIMACIÓN IMPORTE A PERCIBIR

Por último, y tal y como contempla el Real Decreto 1075/2014 de 19 de diciembre, que regula los pagos directos de la campaña 2015, los agricultores que vayan a pertenecer a este régimen podrán conocer la estimación del importe que van a percibir en esta campaña y sucesivas, para que en base a esta información puedan decidir si permanecen en el régimen simplificado o renuncian a dicha pertenencia, en cuyo caso sería una renuncia definitiva. Esta estimación podrá sufrir cambios posteriores, una vez se finalicen todos los controles administrativos y sobre el terreno pendientes, que se comunicarán al agricultor cuando se conozcan.

 

Para que los agricultores conozcan sus datos de importe estimado, que incluye tanto los pagos desacoplados como los acoplados, se ha habilitado en la web del FEGA un portal de consulta, para que aquellos agricultores a los que la Comunidad Autónoma informe sobre su pertenencia a este régimen puedan ya conocer dicha estimación. Este portal se encuentra ubicado en la página web del FEGA, en la pestaña de ayudas directas, en el sitio “consulta de derechos de pago básico“.

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