El Comité de Pagos Directos de la Unión Europea ha dado su dictamen favorable al proyecto de Reglamento de la Comisión que autoriza los anticipos de los pagos directos de la PAC a todos los agricultores de la Unión Europea durante su reunión de hoy. El reglamento será publicado en breve en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Dichos anticipos, que se podrán abonar a partir del 16 de octubre, son del 50 por ciento para todas las líneas de pagos directos, dentro del primer pilar de la Política Agraria Común, siempre y cuando se hayan finalizado los oportunos controles establecidos en la legislación vigente. El resto de los pagos directos de la campaña 2013 de la Política Agraria Común se realizarán a partir del 1 de diciembre.

En el caso de España, estos anticipos podrían permitir un adelanto de las ayudas de alrededor de 2.500 millones de euros. Dentro de esta cifra, destaca el anticipo del régimen de pago único, que puede suponer un adelanto de unos 2.450 millones de euros, beneficiando aproximadamente a 870.000 agricultores, según informa un comunicado del Ministerio de Agricultura.

España fue uno de los primeros países en solicitar a la Comisión el pago de anticipos de las ayudas directas en esta campaña 2013 para permitir que el dinero de las ayudas pueda recibirse cuanto antes por parte de los agricultores. Esto era especialmente importante en algunas regiones que durante la primavera pasada tuvieron diferentes circunstancias climatológicas adversas que han impedido un desarrollo normal de la campaña.

Los anticipos se pueden pagar en todas las Comunidades Autónomas, aunque se trata de una decisión que debe tomar cada gobierno autonómico. Para ello, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente realizará la oportuna coordinación de todos los pasos previos a la realización del pago.

 

Junta de Andalucía

 

Por otra parte, la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural adelantará a partir de la segunda quincena de octubre el pago de casi 690 millones de euros correspondientes  a ayudas directas de la Política Agrícola Común (PAC) para la campaña 2013/2014, tras recibir la aprobación de las autoridades comunitarias para anticipar el 50% de los incentivos que llegan anualmente a Andalucía. En el caso de la ayuda de la Prima por Vaca Nodriza estos anticipos podrán llegar hasta el 80% y se abonarán una vez finalizado el plazo de retención de seis meses desde la fecha de presentación de la solicitud única.

 

Esta medida, de la que podrán beneficiarse unos 261.000 agricultores y ganaderos andaluces, está dirigida a mejorar la liquidez financiera de ambos sectores, que podrán disponer de estos incentivos un mes y medio antes de lo previsto, ya que según la normativa europea el periodo de pago de este tipo de ayudas es el comprendido entre el 1 de diciembre y el 30 de junio. Asimismo, contribuirá a paliar las adversidades climáticas que han afectado a producciones estratégicas para Andalucía, como es el caso del olivar, y permitirá dotar de mayor liquidez a los productores agrarios, según informa la Junta en un comunicado.

 

Con éste, es el quinto año consecutivo que Andalucía anticipará el pago de estas ayudas, tal y como se había solicitado desde la Consejería el pasado 13 de febrero al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. 

 

Todas estas ayudas son gestionadas por la Dirección General de Fondos Agrarios de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, que es la Administración española que tramita un mayor número de expedientes de subvenciones procedentes de fondos europeos para agricultores y ganaderos (en torno a 300.000).

 

En la normativa comunitaria, concretamente el Reglamento (CE) nº 73/2009, se establece el periodo comprendido entre el 1 de diciembre y el 30 de junio del año natural siguiente a la solicitud como el periodo de pagos de los regímenes de ayuda directa en el marco de la Política Agrícola Común y de determinados regímenes de ayuda a los agricultores instaurados en el propio reglamento mencionado. No obstante, y en caso de dificultades financieras o condiciones excepcionales, como las provocadas por la mala climatología de la última campaña, el artículo 29 de dicho Reglamento establece la potestad de la Comisión Europea de autorizar anticipos para fechas anteriores al 1 de diciembre, a petición de los Estados que así lo soliciten.

 

 

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